PAS

El protocolo PAS

"Proteger, Avisar y Socorrer" El Protocolo PAS, las tres acciones que se deben llevar a cabo ante un accidente de tráfico.

Entramos en el periodo para muchos de las ansiadas vacaciones de verano, y con ellas los desplazamientos de largo recorrido por carretera, haciendo que la circulación se vuelva intensa y congestionada y se multipliquen los accidentes de tráfico.

Según el organismo español, Cruz Roja, ha dicho que "si un 20% de la sociedad supiera como actuar en caso de accidente el número de víctimas en carretera  todavía se reduciría más".

Así que vamos a repasar y recordar el protocolo PAS :

P: Proteger ; primer paso, hay que proteger el lugar del accidente y a nosotros mismos. Dejar nuestro vehículo en un lugar seguro que no entorpezca el tráfico ni a otros vehículos, sobre todo a los vehículos de emergencias. Después usaremos el chaleco para salir del vehículo y poder así colocar los triángulos de señalización, inmovilizar y desconectar el vehículo o vehículos que hayan sufrido el accidente para que no se incendien y recordar no fumar en la zona del accidente.

A: Avisar ; segundo paso, hay que avisar a los servicios de emergencia. Llamar al 112 e indicar lo que ha sucedido, analizar lugar visualmente, número de coches implicados, heridos y su estado, nombre de la carretera y punto kilométrico. Cuantos más datos y mejor respondamos más ayudará a los servicios de emergencias.

S: Socorrer ; tercer paso, después de asegurar la zona y haber avisado a los servicios de emergencias procedemos a atender a las víctimas, intentando evaluar su estado para ayudar a las más graves. Tenemos que recordar que nunca hay que sacar a un accidentado de su coche a menos que corra peligro de muerte y en el caso de los motoristas no quitar nunca el casco. Si no tenemos ningún conocimiento de primeros auxilios es mejor esperar a los servicios de urgencia e intentar tranquilizar a los heridos.

Otras indicaciones importantes que debemos saber es que no se debe dar de comer a los accidentados.

Podemos tapar con mantas a los heridos sobre todo si han sufrido alguna hemorragia, en éste caso además deberíamos presionar la herida 10 minutos con un trapo limpio y una vez se empape, poner otro encima.

Después de haber sufrido un accidente de tráfico más del 50% de las muertes se producen 5 minutos después,  es PRIMORDIAL la primera actuación si nos encontramos con un accidente de tráfico, mantener los nervios y ayudar.


Recurrir una multa de tráfico.

Normalmente cuando recibimos una multa de tráfico, por desconocimiento optamos por pagarla por la solución del pago del 50% por pronto pago, pero cuando la recibimos no quiere decir que haya que pagarla de inmediato su cuantía. Repasamos alegaciones o recursos a los que podemos acogernos.

Según el artículo 24 de la Constitución Española  se le reconoce a todo ciudadano la presunción de inocencia. La Administración tendría que probar el objeto de la denuncia en caso de que el presunto infractor presente alegaciones por vía administrativa. Algunas de las pruebas mas habituales son ; ratificación del agente que denuncia, testimonio del agente y del compañero si lo hay, prueba fotográfica del vehículo, certificados que aseguren el correcto funcionamiento de los aparatos que prueban la denuncia ( etilómetros, semáforos, sinemómetros, etc).

Si faltara alguna prueba de estas en la fase de las alegaciones, es posible que se anule la sanción por indefensión del denunciado. Quedaría por tanto sin efecto. El plazo de alegaciones es de 20 días naturales, tras la notificación. Así que cuentan los días festivos. Recordar que en fase de alegaciones el denunciado también puede aportar sus propias pruebas.

Después de presentar las pruebas, la Administración da la posibilidad de recurrir en un plazo de 15 días. Podemos consultar procedimientos similares a través de la red pero lo mejor es acudir a la ayuda de un profesional.

Nos podemos acoger al descuento del 50% por pronto pago y presentar alegaciones, son excluyentes entre sí. Eso incluye la detracción de puntos. Es importante recabar toda la información antes de tomar una decisión y acogerse a lo más habitual que suele ser el descuento por pronto pago.

También podemos recurrir por vía judicial, actualmente las personas físicas quedas exentas del pago de dicha tasa judicial. El porcentaje de impugnación por vía judicial es importante, pues en muchas ocasiones se prueba la arbitrariedad en la tramitación del expediente en cuestión.