Qué accesorios nos obliga la ley a llevar en nuestro coche.
Según el Reglamento General de Vehículos, en el coche hay que llevar obligatoriamente:
Chaleco reflectante de alta visibilidad. Hay que recordar que nunca debemos salir del coche, en caso de emergencio o avería, sin el chaleco puesto, lo situaremos en un lugar accesible desde el propio habitáculo. Si algunos de los ocupantes del coche van a salir también deben ponérselo. Según la normativa de la Comunidad Europea CE, éste chaleco debe estar homologado. La sanción o multa por hacer uso del chaleco es de 200€.
Triángulos de preseñalización de peligro. Tienen que ser dos triángulos portátiles con las características que indica el Reglamento General de Vehículos. Los triángulos hay que ponerlos a 50 metros por detrás de la parte posterior del vehículo. En caso de parar en una calzada de doble sentido, dos o más carriles, también hay que colocar un triángulo delante a 50 metros a contar desde la parte delantera del coche. Deben ser visibles a una distancia de unos 100 metros. La sanción o multa por no llevar los triángulos es de 200€.
Rueda de repuesto. Si no llevamos rueda de repuesto se permite sustituirla por una rueda de uso temporal (tipo galleta) o por un kit de pinchazos o sistema alternativo. Deberemos de llevar la presión correcta para circular tanto en la rueda de repuesto o de uso temporal y además la herramienta necesaria para su sustitución, y circular respetando las limitaciones del sistema que utilicemos. La multa por no llevar rueda de repuesto también es de 200€.
Por último es muy recomendable llevar un juego de lámparas dentro del coche, por nuestra seguridad y la de los demás usuarios de la vía.